STS 180/2010, 10 de Marzo de 2010
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Resumen
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Frases clave
“ En definitiva, el conocimiento del peligro propio de una acción que supera el límite de riesgo permitido es suficiente para acreditar el carácter doloso del comportamiento, al permitir admitir el dolo cuando el autor somete a la víctima a situaciones peligrosas que no tiene seguridad de controlar, aunque no persigue el resultado típico. ”
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Extracto
STS 180/2010, 10 de Marzo de 2010
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 9, 24, 117
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 16, 20, 21, 62, 66, 138, 169, 620
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- STC 70/2002, 3 de Abril de 2002
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 741, 849, 852, 884, 901