STS 372/1999, 23 de Febrero de 1999

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Frases clave


A la reconocida condición de drogodependiente del recurrente, se añde del examen efectuado de todos los informes referidos, singularmente de la analítica, que en el momento de los hechos se hallaba bajo los efectos del consumo de heroína y cocaína en intensidad que no se puede concretar pero que por ello, resulta suficiente para estimar la concurrencia de la circunstancia atenuante segunda del artículo 21 lo que pone de manifiesto una disminución no tanto del conocimiento de lo que estaban haciendo en el momento de la detención sino de la voluntad, ya que la dependencia a drogas viene a operar preferentemente sobre la voluntad cohibiendo los frenos inhibitorios que aconsejan el apartamiento de ciertas acciones por las consecuencias adversas que puedan tener, ante el más poderoso impulso de atender a su dependencia, lo que se traduce en actos delictivos que criminológicamente se encuadran bajo el nombre de "delincuencia funcional" por estar motivada por la necesidad de atender a aquella adicción.

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Extracto


STS 372/1999, 23 de Febrero de 1999

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