STS 1373/2009, 28 de Diciembre de 2009
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Resumen
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Frases clave
“ En definitiva dicha deformidad vendría dada por la concurrencia de tres elementos : a) irregularidad física; b) permanencia y c) visibilidad, y ello debe proyectarse por el Tribunal sentenciador en un juicio de valor a la vista de las circunstancias concurrentes en cada caso --todo enjuiciamiento es una actividad individualizada-- en un doble sentido que esas irregularidades sean de cierta entidad y tengan relevancia, y ese juicio de relevancia debe ser puesto en relación con el aspecto físico de la víctima antes de la lesión, su edad, profesión, sexo y cuantas circunstancias puedan concurrir. ”
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Extracto
STS 1373/2009, 28 de Diciembre de 2009
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 53
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 4, 21, 22, 66, 147, 150
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 219, 267
- STC 237/1999, 20 de Diciembre de 1999
- STC 162/1999, 27 de Septiembre de 1999