STS 946/2002, 22 de Mayo de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ El Pleno no Jurisdiccional de esta Sala de 19 de Octubre de 2001, cambió la interpretación que hasta entonces se había dado al subtipo agravado de notoria importancia en materia de drogas, estimando que su aplicación sería a partir de la ocupación de quinientas dosis referidas al consumo diario, que equivalía a las cantidades de droga neta de la tabla confeccionada por el Instituto Nacional de Toxicología. De acuerdo con dicha tabla, y partiendo de una dosis tóxica diaria de droga neta de un gramo y medio de cocaína, la notoria importancia operaría en aprehensiones a partir de 750 gramos de cocaína neta, y en relación a la heroína, partiendo de una dosis tóxica diaria de 0'6 gramos, la agravación se situaría a partir de los 300 gramos. ”
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Extracto
STS 946/2002, 22 de Mayo de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 454 27 29 369 14 66 96
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 14, 27, 29, 66, 96, 369, 454
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 901
- STS 715/2002, 19 de Abril de 2002