STS 2018/2001, 3 de Abril de 2002
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Frases clave
“ La jurisdicción penal sin ningún apoyo y sin necesidad de previos pronunciamientos, es la competente para decidir sobre la falsedad documental denunciada, será después, nunca antes, cuando deban determinarse los efectos civiles de la falsedad documental declarada, efectos que operarán por imperio de la Ley a consecuencia de la condena penal pronunciada ”
Extracto
STS 2018/2001, 3 de Abril de 2002
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Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 9, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 2, 3, 28, 41, 47, 69, 103, 109, 110, 113, 120, 130, 131, 302, 303, 390, 391, 392
- Ley del Notariado (Ley 28 de mayo de 1862) - Artículo 1
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 10
- Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre) - Artículo 47