STS 279/2008, 7 de Mayo de 2008

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Frases clave


La interpretación de los contratos realizada por la sentencia de instancia no puede ser revisada en casación -en la medida en que se ajuste a los hechos considerados probados por aquella en el ejercicio de su función exclusiva de valoración de la prueba-, salvo cuando se demuestre su carácter manifiestamente ilógico o arbitrario,

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Extracto


STS 279/2008, 7 de Mayo de 2008

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