STS 55/2008, 8 de Febrero de 2008

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Frases clave


siendo la acción principal ejercitada en la demanda la individual de responsabilidad del administrador del art. 135 LSA, de manera más o menos clara se viene a atribuir también la responsabilidad de los administradores que incumplan la obligación de convocar junta general para que se adopte, en su caso, el acuerdo de disolución de la sociedad, pero entre las facultades que confiere a los apoderados demandados la escritura de apoderamiento de 9 de mayo de 1990 no se encuentra la de instar la liquidación o disolución de la sociedad mercantil, ni la de instar la suspensión de pagos o quiebra de la sociedad.

Extracto


STS 55/2008, 8 de Febrero de 2008

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