STSJ Galicia 758/2009, 13 de Febrero de 2009
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Resumen
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Frases clave
“ En otras palabras, se necesita un dato [o datos] que evidencie, de forma inequívoca, la ruptura de larelación de causalidad entre el trabajo y la enfermedad y, para ello, es preciso que se trate de enfermedades que no sean susceptibles de una relación causal con el trabajo o que esa relación quede excluida mediante «prueba en contrario», precisándose a estos efectos que, en principio, «no es descartable una influencia de los factores laborales en la formación del desencadenamiento de una crisis cardiaca» (SSTS citadas en el párrafo anterior). ”
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Extracto
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Documentos citados
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 191, 218
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social - Artículos 2, 115, 174
- STS, 11 de Julio de 2000
- STS, 28 de Septiembre de 2000
- STS, 10 de Abril de 2001