STS, 24 de Octubre de 2007
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Resumen
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Frases clave
“ En el presente caso, de los propios hechos de la demanda -que se han relacionado- en cuanto a las manifestaciones de la demandante en el acto del juicio, las "falsedades" -como las denomina el instante de la revisión- no se desprende la "maquinación fraudulenta" en la interpretación que, de dicho concepto, efectúa la doctrina transcrita. Pero, es que además, y en todo caso, lo que es evidente es que las repetidas manifestaciones no constituyeron dato decisivo en cuanto al signo de la sentencia que pretende revisarse. La sentencia declaró la improcedencia del despido por no haberse acreditado el abandono del puesto de trabajo imputado como causa para el despido ”
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Extracto
STS, 24 de Octubre de 2007
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 509
- Constitución Española de 1978 - Artículo 9
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 234
- Código Civil - Artículo 1251
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 245