STS, 20 de Enero de 2001

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Resumen


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Frases clave


la tasación pericial aprobada por mayoría no se ajustó en lo más mínimo a las reglas exigibles normativa y contractualmente, de las que se prescindió por completo tanto para la concreta valoración del fruto como para determinar los propios criterios o bases de valoración. Si a tan patente desviación, inadmisible en peritos que por su titulación técnica y por la naturaleza del trámite en que intervinieron tenían que haberse ajustado a las normas rectoras de su función, se une que ningún razonamiento se dio sobre la justificación de tal proceder ni comparación alguna se ofreció entre la valoración resultante y la que habría resultado de la aplicación de las normas específicas de tasación, forzoso será concluir que la demanda de la aseguradora debe ser acogida en cuanto a la segunda causa de nulidad invocada, lo que comporta la desestimación de la demanda del asegurado recurrente en casación.

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Extracto


STS, 20 de Enero de 2001

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