STS 2419/2001, 17 de Diciembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Sabido es que uno de los requisitos esenciales e insustituibles para el éxito de un motivo casacional por "error facti", es que la equivocación que se denuncia se encuentre acreditada de manera rotunda, irrefutable e indubitada por el documento aducido, el cual, por su propio contenido y sin necesidad de acudir a otros elementos complementarios, demuestre el error del juzgador, bien por haber declarado probados hechos que no han tenido lugar, o que han acaecido de manera diferente a la descrita, bien porque se han omitido hechos que realmente han acaecido. También es imprescindible que el dato fáctico erróneo sea relevante para la subsunción, que no esté contradicho por otras pruebas de signo contrario y que se designen los particulares del documento que acreditan la equivocación. ”
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Extracto
STS 2419/2001, 17 de Diciembre de 2001
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