REAL DECRETO 218/1999, de 5 de febrero, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción y comercialización con países terceros de carnes frescas, productos cárnicos y otros determinados productos de origen animal.
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REAL DECRETO 218/1999, de 5 de febrero, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción y comercialización con países terceros de carnes frescas, productos cárnicos y otros determinados productos de origen animal.
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Afectaciones
IMPLEMENTA
DEROGA PARCIALMENTE
- Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Circulación y Comercio de Grasas Comestibles (Animales, Vegetales y Anhidras), Margarinas, Minarinas y Preparados Grasos Real (Real Decreto 1011/1981, de 10 de abril)
- Real Decreto por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Circulación y Comercio de Platos Preparados (Precocinados y Cocinados). - Artículos : 22 23
- Real Decreto 379/1984, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Industrias, Almacenes al por Mayor y Envasadores de Productos y Derivados Cárnicos Elaborados y de los Establecimientos de Comercio al por Menor de la Carne y Productos Elaborados.
SE DEROGA lo indicado
- Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Circulación y Comercio de Grasas Comestibles (Animales, Vegetales y Anhidras), Margarinas, Minarinas y Preparados Grasos Real (Real Decreto 1011/1981, de 10 de abril) - Artículos : 33 34
MODIFICADA por
DEROGADA PARCIALMENTE por
DEROGADA por
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre)
- Constitución Española de 1978 - Artículos 10, 16, 149
- Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, de 25 de abril) - Artículo 38
- Real Decreto 110/1990, de 26 de enero, </strong>por el que<strong> se establecen las condiciones de sanidad animal que deben reunir las carnes frescas destinadas al comercio intracomunitario e importadas de países terceros. - Artículo 10
- Real Decreto 1543/1994, de 8 de julio, </strong>por el que<strong> se establecen los requisitos sanitarios y de policía sanitaria aplicables a la producción y a la comercialización de carne de conejo doméstico y de caza de granja.