STS 161/2002, 4 de Febrero de 2002

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Frases clave


Más aún, aunque se admitiera la existencia de engaño bastante, faltaría el requisito de abuso del cargo que exige el art. 403 del Código Penal, por estimar que sin perjuicio de reconocer la conducta desleal y torticera, del recurrido, el abuso del cargo exigiría un plus constituido porque la comisión del delito de estafa se viera facilitada por la función o destino que el sujeto ocupa en la Administración, de suerte que el cargo ocupado aparezca instrumentalizado para reforzar el engaño, lo que tampoco se estima por la sentencia sometida al control casacional que se efectuó, ya que el recurrido, como secretario del Ayuntamiento se limitó a cobrar un dinero, acto para el que era competente.

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Extracto


STS 161/2002, 4 de Febrero de 2002

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