STS, 23 de Abril de 1997

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Resumen


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Frases clave


la agravante de abuso de confianza supone la presencia de un plus de perversidad en el agente, lo que acentúa la reprochabilidad de su conducta al quebrantar la lealtad debida y correspondiente a especiales relaciones o vínculos profesionales, laborales, de servicio, dependencia, subordinación, comunidad, convivenciales, de amistad, compañerismo o equivalentes, atentado a deberes sociales, morales o éticos que el sujeto no duda conculcar y hollar en aras de la mejor consecución de su doloso designio criminal. El prevalimiento por el culpable de la confianza que le fue dispensada, propicia y facilita la ejecución del hecho en condiciones de privilegio o ventaja respecto de cualquier otra persona ajena al vínculo constatado o fuera de la especial situación favorecedora

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Extracto


STS, 23 de Abril de 1997

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