STS 1980/2000, 25 de Enero de 2001

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Frases clave


La adulteración del proceso de selección por los propios servidores públicos que lo convocaron y controlaron representa un gravísimo incumplimiento de sus deberes, despreciando los valores constitucionales de mérito y capacidad con los que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos (art. 23 y 102 C.E), así como los criterios de objetividad e imparcialidad que debían presidir su propia actuación en el ejercicio de las funciones que la Sociedad les había encomendado.

Extracto


STS 1980/2000, 25 de Enero de 2001

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