STS 627/1995, June 19, 1995
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“ Ley de Enjuiciamiento civil, en sus artículos 1710,3ª, 1711, párrafo 2 y 1713 contempla actuaciones profesionales del Letrado en el recurso de casación, a las que se atiene la minuta presentada por el Letrado don Alvaro. Otra cuestión, que se verá en la impugnación por excesivos de tales honorarios, es si éstos se atienen en su cuantía a las actuaciones profesionales habidas. Pero, por lo dicho, en estas diligencias es de desestimar por ahora la impugnación por indebidos. Sin que sea de hacer una especial condena en costas de este incidente ”
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