STS, 2 de Julio de 2001

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la jurisprudencia de esta Sala, que es la que ha de invocarse en un recurso de casación civil dimanante de un proceso cuya demanda rectora se fundaba en el artículo 1.902 del Código civil, ha venido manteniendo, con la excepción en cierto modo representada por las sentencias de 24 de diciembre de 1997 (recurso nº 3.219/93), 10 de febrero de 1998 (recurso nº 505/94) y 20 de marzo de 1998 (recurso nº 741/94), la competencia del orden jurisdiccional civil para conocer de la responsabilidad civil dimanante de culpa extracontractual del empresario por muerte o lesiones del trabajador sufridas mientras desempeñaba su trabajo

Extracto


STS, 2 de Julio de 2001

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