STS 2228/2001, 22 de Noviembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


existe una resolución judicial que autoriza la entrada, con lo que se cubren los presupuestos constitucionales inexcusables para legitimar una intromisión en el domicilio ajeno y también se observa, que se han cumplido las previsiones legales en su práctica, habiendo asistido ademas a la diligencia el Secretario Judicial con lo que quedan salvadas las previsiones de la ley procesal

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Extracto


STS 2228/2001, 22 de Noviembre de 2001

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