STS, 30 de Marzo de 1998

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Frases clave


Nada impide, pues, que en la diligencia de registro puedan obtenerse pruebas de otro delito distinto de aquel para cuya investigación fuera inicialmente concedida, máxime cuando tales pruebas se hubieran podido obtener mediante una autorización judicial de entrada y registro que es la que ha mediado en estos casos.

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Extracto


STS, 30 de Marzo de 1998

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