STS, 29 de Noviembre de 2001

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Frases clave


Las penas de prisión impuestas en las nueve sentencias que son acumulables ascienden a 18 años, 8 meses, y 7 días, más 24 arrestos de fin de semana. La más grave de todas ellas es de 3 años de cuyo triple de 9 años no puede exceder el máximo de cumplimiento efectivo, procediendo declarar extinguidas las que excedan de dicho máximo, de conformidad con lo establecido en el art. 76.1 del CP y con independencia de los otros cuatro años impuesta en la ejecutoria 268/99 de la Audiencia Provincial de Málaga en sentencia de 27 de febrero de 1998, por ser improcedente su acumulación por las razones expuestas.

Extracto


STS, 29 de Noviembre de 2001

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