STS 912/2009, 23 de Septiembre de 2009
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Resumen
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Frases clave
“ Nótese que, como tiene establecido esta Sala (véanse SSTS de 10 de mayo de 1996; 30 de abril y 6 de mayo de 1997; 31 de enero de 2001; 14 de enero de 2002; 4 de marzo de 2002 , ó 29-1-2004, nº 98/2004; y, la bien reciente nº 889/09, de 15 de septiembre), la agravante de abuso de superioridad , basa su plus de disvalor del hecho, con reflejo en la consiguiente culpabilidad del agente y en la pena, en que de tal hecho se derive, en una situación de desequilibrio de situaciones o fuerzas entre el sujeto o sujetos activos del delito y la víctima, que, sin privar a ésta de su capacidad defensiva, como ocurre en la alevosía, sí se provoque la minoración de la capacidad, de modo que coloque en situación de ventaja a los autoresdel delito sobre el sujeto pasivo de su acción. ”
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Extracto
STS 912/2009, 23 de Septiembre de 2009
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero)
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo) - Artículo 5
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 2, 13, 16, 22, 62, 66, 139, 234, 242, 262
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 2, 240