STS 1613/2001, 17 de Septiembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ correcto el criterio del Tribunal del Jurado de apreciar la agravante de parentesco dada la relación de afectividad que unía al acusado con su víctima, con la que compartía la misma habitación en la pensión donde ocurrieron los hechos y discrepa de la subsunción llevada a cabo por el Tribunal Superior de Justicia que estima igualmente el recurso de apelación sobre este particular. ”
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Extracto
STS 1613/2001, 17 de Septiembre de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 120
- Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo)
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 22, 23, 139
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 717, 741, 849