STSJ Comunidad de Madrid 436/2006, 5 de Junio de 2006

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


En definitiva, si la legitimación decisoria se mide por la representatividad que supone el número de miembros que cada sindicato tiene o podría tener en la comisión negociadora, no por los votos obtenidos en las elecciones sindicales, y conforme a ese criterio UGT no tiene mayoría en la comisión citada, su voto no se puede equiparar al de la mayoría de los representantes de los trabajadores.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STSJ Comunidad de Madrid 436/2006, 5 de Junio de 2006

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento