Sentencia de Constitucionalidad nº 381/00 de Corte Constitucional, 5 de Abril de 2000
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Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Código Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social. (Decreto-Ley 2158 de 1948) -- expresiones del artículo 114 del Código Procesal del Trabajo, tal y como fue modificado por el Decreto 204 de 1957, que fue adoptado como legislación permanente mediante el artículo 1º de la Ley 141 de 1961, las cuales señalan que se "ordenará correr traslado de ella al trabajador o trabajadores indicados en la solicitud y citará a las partes para una audiencia" y "se intentará en primer término la conciliación. Fracasada ésta, en el mismo acto" - Artículos : 114 118.inciso 1 118.inciso 3 118.inciso 2 113
Documentos citados
- Código Sustantivo del Trabajo - Artículo 19
- Código Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social. (Decreto-Ley 2158 de 1948) - Artículos 3, 6, 113, 114, 118
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) - Artículo 90
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 5, 13, 25, 39, 121, 241
- Sentencia de Constitucionalidad nº 165/93 de Corte Constitucional, 29 de Abril de 1993