STS 665/2012, 12 de Julio de 2012

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Resumen


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Frases clave


En consecuencia, en supuestos como el presente, en el que la sanci—n del hecho como homicidio intentado se fundamente en el dolo eventual, es decir, cuando el resultado mortal ni se ha producido ni era buscado por el autor, es necesario para respetar los principios de legalidad y de culpabilidad, que la probabilidad del resultado mortal sea tan elevada que descarte de modo manifiesto el dolo exclusivo de lesionar. Y, en el caso actual, es claro que no concurre dicha exigencia, porque la acci—n de los tres acusados, al perseguir el veh’culo de los j—venes forasteros, pod’a generar en efecto la producci—n de alguna modalidad de accidente, con un resultado de lesiones como el que efectivamente se produjo, pero no era altamente probable, y ni siquiera previsible, que fuese a concluir en un resultado triplemente mortal.

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Extracto


STS 665/2012, 12 de Julio de 2012

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