STS 10/2002, 17 de Enero de 2002

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Resumen


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Frases clave


a través de la resolución judicial se acordó la injerencia en la que se tuvo en cuenta la existencia de unos hechos constitutivos de un delito grave, la realización de investigaciones que determinaron la localización de una persona y su número de teléfono desde donde se contactaba con personas que se dedican a la ilícita actividad. La medida se presenta como proporcionada y necesaria para la acreditación del hecho delictivo que se denuncia.

La conducta del recurrente, poniendo en contacto al proveedor y comprador de la sustancia supone la realización de la conducta típica como autor

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Extracto


STS 10/2002, 17 de Enero de 2002

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