STS 1677/2001, 25 de Septiembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Es cierto que esta Sala habría podido examinar las actuaciones y comprobar el contenido de las actas de los diversos Plenos municipales con el fin de verificar si en aquéllas existe constancia de que los acusados emitieron su voto positivo para adoptar las resoluciones que se denunciaron y fueron objeto del proceso, y subsanar de este modo las imprecisiones y oscuridades que, en este primordial extremo presenta la relación probatoria. Pero no es menos cierto que es doctrina consolidada de esta Sala de casación que las omisiones, ambigüedades e indeterminaciones que puedan presentar los hechos probados no pueden jugar nunca en contra del acusado sino a su favor ”
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Extracto
STS 1677/2001, 25 de Septiembre de 2001
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Documentos citados
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 28, 74, 404
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 267
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 899
- STC 27/1981, 20 de Julio de 1981
- STS, 12 de Junio de 1998