STS 448/2002, 14 de Mayo de 2002

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Frases clave


La tutela judicial efectiva es un derecho fundamental según el cual cualquier persona puede y debe ser protegida y amparada en el ejercicio pacífico de sus pretensiones ante la Justicia para que las mismas le sean satisfechas, lo que no quiere decir aceptadas, sino resueltas razonadamente, con arreglo a derecho y en un plazo de tiempo también razonable, a lo largo de un proceso en que todos los titulares de derechos e intereses afectados por esas pretensiones puedan alegar y probar lo pertinente a la defensa de sus respectivas posiciones; desde el concepto expresado, no cabe quiebra aquí de la tutela judicial efectiva, habida cuenta de que desde el emplazamiento, la recurrente conoció la demanda y pudo hacer frente a la misma mediante las alegaciones y medios probatorios convenientes a la defensa de sus derechos, esto es, con todas las garantías procesales, por lo que en ningún caso se ha producido indefensión.

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STS 448/2002, 14 de Mayo de 2002

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