STS, 27 de Marzo de 2000

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Frases clave


Si el legislador ha considerado, a la vista de la situación económica y social, rebajar el umbral de la carencia de rentas que da derecho al subsidio asistencial de desempleo, y si este umbral es el acogido por analogía por la jurisprudencia a efectos de las prestaciones en favor de familiares del art. 176 de la LGSS, es necesario aplicar desde la fecha de su vigencia el nuevo límite numérico. Es ello una consecuencia obligada de la técnica de la aplicación analógica, que exige siempre el punto de apoyo de una norma legal en vigor

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Extracto


STS, 27 de Marzo de 2000

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