SAP Palencia 169/2005, 10 de Junio de 2005
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Frases clave
“ También ha de rechazarse, y en ello coincidimos con la tesis de la sentencia recurrida, que haya existido una situación angustiosa o de inexperiencia por parte de la entidad deudora, al tratarse de una sociedad que explota una sofisticada empresa de alta tecnología y que funciona en un mercado en el que se hace imprescindible la constante financiación en cantidades además importantes. ”
Extracto
SAP Palencia 169/2005, 10 de Junio de 2005
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículos 319, 394, 398, 698
- Ley Hipotecaria (Decreto 8 de febrero de 1946) - Artículo 132
- Código Civil - Artículo 1154
- Reglamento Hipotecario (Decreto de 14 de febrero de 1947) - Artículo 245
- Ley Azcárate de Represión de la Usura (Ley de 23 de julio de 1908)