STS, 14 de Octubre de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ Estas diferencias fácticas, consecuentemente, pueden influir en la normativa aplicable, atendido el posible carácter de interinidad o fijeza como se invoca por la Entidad impugnante del recurso y se afirma en la propuesta de desestimación del mismo formulada por el Ministerio Fiscal en su informe. A tales circunstancias de desigualdad pudiera, por último, adicionarse la relativa a las pretensiones, pues el ahora recurrente pedía también subsidiariamente en su demanda la declaración de improcedencia del despido o cese acordado con lo que estaba aceptando un pronunciamiento que ahora, en vía de recurso, pretende rechazar radicalmente. ”
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Extracto
STS, 14 de Octubre de 1997
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 48, 63
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículo 55
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 108, 217, 233
- STS, 25 de Octubre de 1994