STS, 20 de Diciembre de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ El presente caso se singulariza, pues en el mismo la parte recurrió en reposición una resolución que resolvía ya sobre un recurso de reposición y el Juzgado de lo Social desestimó esta segunda reposición, por considerar que contra un auto que resuelve un recurso de reposición no cabe nueva reposición. Este supuesto no concurre en la sentencia de contraste, donde el auto de 1 de junio de 1994 resolvió un recurso de reposición contra el auto de 17 de febrero de 1994, pero éste no desestimaba otro recurso de reposición, sino que en él se acordaba directamente continuar la ejecución provisional. No existe, por tanto, contradicción, por lo que procede en este momento la desestimación del recurso, sin imposición de costas. ”
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Extracto
STS, 20 de Diciembre de 1996
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 189, 203, 295, 302