Real Decreto por el que se designa a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) como organismo nacional de acreditación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) nº 765/2008 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 339/93 (Real Decreto 1715/2010, de 17 de diciembre)
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Real Decreto por el que se designa a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) como organismo nacional de acreditación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) nº 765/2008 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 339/93 (Real Decreto 1715/2010, de 17 de diciembre)
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 23, 149
- Ley del Gobierno (Ley 50/1997, de 27 de noviembre) - Artículo 24
- STC 33/2005, 17 de Febrero de 2005
- REAL DECRETO 251/1997, de 21 de Febrero, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento del Consejo de Coordinacion de la Seguridad industrial. - Artículo 2
- Ley de Industria (Ley 21/1992, de 16 de julio) - Artículos 8, 12, 17