STSJ Galicia , 6 de Noviembre de 2000
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ el recurso de Suplicación tiene naturaleza extraordinaria y por ello en él tan sólo tiene cabida - aparte de cuestiones orden público- el examen de materias planteadas y decididas en la instancia, de manera que no cabe innovar cuestiones diversas y que han de rechazarse precisamente por novedosas ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STSJ Galicia , 6 de Noviembre de 2000
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley de Agrupaciones de Interés Económico (Ley 12/1991, de 29 de Abril)
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 101, 119
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículo 42
- Ley de Asistencia Jurídica Gratuita (Ley 1/1996, de 10 de enero) - Artículos 2, 6
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 1, 43, 51, 59