Real Decreto 830/1985, de 30 de abril, sobre Empresas pesqueras conjuntas.
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Real Decreto 830/1985, de 30 de abril, sobre Empresas pesqueras conjuntas.
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Afectaciones
DEROGA
- Real Decreto 2209/1981, de 20 de agosto, por el que se establecen las condiciones que deberán cumplir las Empresas pesqueras españolas para acogerse a los beneficios establecidos en el Real Decreto 2517/1976, de 8 de octubre, sobre Empresas pesqueras conjuntas.
- Real Decreto 2639/1977, de 28 de octubre, por el que se modifica el artículo 3.º del Real Decreto 2517/1976, de 8 de octubre, sobre Empresas Pesqueras Conjuntas.
- Orden sobre desarrollo del Real Decreto 2517/1976, de 8 de octubre, sobre Empresas pesqueras conjuntas.
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DEROGADA por
Documentos citados
- Real Decreto 2161/1984, de 31 de octubre, sobre construcción, modernización y reconversión de la Flota pesquera.
- Real Decreto 2209/1981, de 20 de agosto, </strong>por el que<strong> se establecen las condiciones que deberán cumplir las Empresas pesqueras españolas para acogerse a los beneficios establecidos en el Real Decreto 2517/1976, de 8 de octubre, sobre Empresas pesqueras conjuntas.
- Real Decreto 2236/1979, de 14 de septiembre, sobre inversiones españolas en el exterior.
- Real Decreto 1075/1977, de 13 de mayo, </strong>por el que<strong> se rectifican algunos preceptos del 2517/1976, de 8 de octubre, sobre Empresas pesqueras conjuntas.
- Real Decreto 2517/1976, de 8 de octubre, sobre Empresas pesqueras conjuntas.