SAP Baleares 49/2005, 21 de Abril de 2005
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Resumen
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Frases clave
“ que tratándose de un bien jurídico de control, éstos han de estar al servicio de bienes jurídicos básicos del sistema, y la gravedad de la desobediencia dependerá de la menor o mayor significación social de ese bien jurídico. De ahí la exigencia de que la orden deba ser legítima, cumplir con las formalidades legales y hallarse dentro del ámbito de las competencias de quien la emite ( SSTS de 5-7-89 y 17-2-92 ). Partir de estos planteamientos y de una interpretación rigurosa del tipo de desobediencia a tenor de los principios que informan un Estado social y democrático de Derecho implica como conclusión que el bien jurídico protegido es el necesario cumplimiento de las órdenes de la autoridad emitidas en función de proteger bienes jurídicos básicos del sistema social. ”
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Extracto
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 10, 25
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 2, 4, 28, 50, 66, 109, 110, 120, 325, 326, 339, 556, 634
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 240
- STS 1959/2001, 26 de Octubre de 2001
- STS 1800/2000, 20 de Noviembre de 2000