STS 588/2002, April 04, 2002
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“ La intervención ha de ser, por tanto, siempre proporcionada al fin perseguido, excepcional y nunca excesiva, tanto en su adopción como en su ejecución, y verdaderamente necesaria ”
“ que para el cumplimiento de las exigencias del debido control del resultado de las intervenciones no es tampoco necesario que el Juez escuche personalmente todas las grabaciones, sino que bastaría, para acordar la prórroga, con que de lo escuchado obtenga ya elementos suficientes para juzgar adecuada la continuación de la medida ”
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Core Citations
APPLIES
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- Ley Orgánica de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio (Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio) - Article 18
- Constitución Española de 1978 - Articles 2, 3, 4, 5, 10, 18, 24, 55, 106, 117, 120
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre)
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Articles 5, 11, 238, 240, 245, 248
- STC 202/2001, October 15, 2001