STS, 27 de Junio de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ la policía disponía ya de datos suficientes para registrar el vehículo, pues al ahora recurrente se le sigue --y detiene-- precisamente como sospechoso cuando se traslada desde su vivienda al garaje de donde sale conduciendo aquel coche. La doctrina de los frutos del árbol podrido no puede exacerbarse como si cualquier defecto procesal hubiera de llevar a la absolución forzando la dependencia de unas pruebas respecto a otras. ”
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Extracto
STS, 27 de Junio de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 18, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículo 344
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 520, 569, 574, 849, 851