Decreto 34/2020, de 23 de noviembre, por el cual se fijan los principios generales en materia de control del potencial de producción vitícola, del Registro Vitícola y sobre las declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola en las Illes Balears y se incluyen las variedades Esperó de gall, N. Callet negrella, N. y Mancès de Tibús, N. en la categoría de variedades de uva de vinificación autorizadas en las Illes Balears
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Decreto 34/2020, de 23 de noviembre, por el cual se fijan los principios generales en materia de control del potencial de producción vitícola, del Registro Vitícola y sobre las declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola en las Illes Balears y se incluyen las variedades Esperó de gall, N. Callet negrella, N. y Mancès de Tibús, N. en la categoría de variedades de uva de vinificación autorizadas en las Illes Balears
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Afectaciones
DEROGA
MODIFICA
- Decreto de creación del Instituto de Calidad Agroalimentaria de las Illes Balears (Decreto 131/2001, de 30 noviembre) - Artículos : 1
MODIFICADA por
Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Productores e Industriales Agroalimentarios de las Illes Balears (Ley 1/1999, de 17 de marzo)
- Decreto de creación del Instituto de Calidad Agroalimentaria de las Illes Balears (Decreto 131/2001, de 30 noviembre) - Artículo 1
- Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (Ley Orgánica 2/1983, de 25 febrero de 1983) - Artículo 30
- Ley de Modernización de las Explotaciones Agrarias (Ley 19/1995, de 4 de Julio) - Artículo 15
- Ley de la Viña y del Vino (Ley 24/2003, de 10 de julio)