Decreto 42/2021 de 11 de octubre, por el cual se regula el funcionamiento de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera en el ámbito de las Illes Balears
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Afectaciones
MODIFICA
- Decreto 34/2020, de 23 de noviembre, por el cual se fijan los principios generales en materia de control del potencial de producción vitícola, del Registro Vitícola y sobre las declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola en las Illes Balears y se incluyen las variedades Esperó de gall, N. Callet negrella, N. y Mancès de Tibús, N. en la categoría de variedades de uva de vinificación autorizadas en las Illes Balears - Artículos : 11.7 16
MODIFICADA por
- Resolución de la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación de modificación de los anexos 1, 3, 5 y 6 del Decreto 42/2021, de 11 de octubre, que regula el funcionamiento de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera en el ámbito de las Illes Balears - Artículos : anexo 1 anexo 3 anexo 5 anexo 6
Documentos citados
- REAL DECRETO 1440/2001, de 21 de diciembre, </strong>por el que<strong> se establece el sistema de alerta sanitaria veterinaria.
- REAL DECRETO 2611/1996, de 20 de Diciembre, </strong>por el que<strong> se regulan los Programas nacionales de Erradicacion de Enfermedades de los animales. - Artículo 17
- Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, </strong>por el que<strong> se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y </strong>por el que<strong> se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, </strong>por el que<strong> se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. - Artículo 2
- Ley de Sanidad Animal (Ley 8/2003, de 24 de abril) - Artículos 3, 7, 42
- Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio (Ley 17/2009, de 23 de noviembre) - Artículo 5