STS, April 10, 2001
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“ la sentencia no opera la creación de un derecho con carácter constitutivo, sino que lo tiene meramente declarativo, pues a través de la misma lo que se hace es declarar un derecho a la obtención de una cosa o cantidad que, con anterioridad a la resolución judicial, ya pertenecía y debía haberle sido atribuida al acreedor, y así, la completa satisfacción de los derechos del acreedor exige que se le abonen los intereses de tal suma, aún cuando fuese menor de la por él reclamada, desde el momento en que se procedió a su exigencia judicial, y en esta línea jurisprudencial se encuentran, entre otras, las sentencias de 5 de abril de 1992, y 18 de febrero, 21 de marzo y 24 de mayo de 1994 ”
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STS, April 10, 2001
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This document cites
- Constitución Española de 1978 - Articles 24, 117
- Código Civil - Articles 1100, 1101, 1108
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Article 5
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Articles 58, 79, 114, 533, 687, 744, 1492, 1692, 1715
- STS, February 27, 1996