Orden de 31 de octubre de 1991 por la que se modifica la de 19 de mayo de 1987 en materia de adquisición y pérdida de la condición de miembro del mercado de Deuda Pública en anotaciones y se fija el saldo mínimo de deuda anotada que deben mantener las Entidades gestoras.

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Orden de 31 de octubre de 1991 por la que se modifica la de 19 de mayo de 1987 en materia de adquisición y pérdida de la condición de miembro del mercado de Deuda Pública en anotaciones y se fija el saldo mínimo de deuda anotada que deben mantener las Entidades gestoras.

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