Sentencia de Constitucionalidad nº 423/05 de Corte Constitucional, 26 de Abril de 2005
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DECLARA INEXEQUIBLE PARCIALMENTE
- Ley 715 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151 288 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud entre otros. -- expresión ''ningún'' - Artículos : 21
DECLARA EXEQUIBLE
- Ley 715 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151 288 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud entre otros. -- expresiones "sin superar en ningún caso el monto de los recursos disponibles en el Sistema General de Participaciones" del 6.2.3, "sin superar en ningún caso el monto de los recursos de la participación para educación del Sistema General de Participaciones asignado a la respectiva entidad territorial" del numeral 3 del artículo 7, "El crecimiento de costos por ascensos en el escalafón en las plantas de cargos de las entidades territoriales [...], con cargo al Sistema General de Participaciones, tendrá como límite el monto de los recursos disponibles, en el Sistema General de Participaciones. No procederá [...] reconocimiento que supere este límite, los que se realicen no tendrán validez y darán lugar a responsabilidad fiscal para el funcionario que ordene el respectivo gasto." del tercer inciso del artículo 21 - Artículos : 6.2.3 7.3 21.tercer inciso
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 27, 41, 67, 68, 125, 287, 317, 339, 345, 346, 347, 365
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 20, 23, 43, 44, 49, 67, 68, 114, 122, 125, 150, 241, 345, 346, 347, 352, 356, 357, 359, 365
- Acto Legislativo 01
- Ley 715 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151 288 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud entre otros.
- Decreto 1278 de 2002, por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docent