Sentencia de Constitucionalidad nº 568/03 de Corte Constitucional, 15 de Julio de 2003

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Resumen


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Afectaciones


DECLARA EXEQUIBLE

  • Código nacional de tránsito terrestre (Ley 769 de 2002) -- expresiones ''cuya circulación se hace por carriles exclusivos'' contenidas en la definición de vehículo de transporte masivo que establece el artículo 2; ''y con destinación exclusiva'' contenidas en la definición de vía troncal que establece el artículo 2; ''Los gobernadores y los alcaldes, las Asambleas Departamentales y los C.M., no podrán, en ningún caso, dictar normas de tránsito de carácter permanente, que impliquen adiciones o modificaciones al código de tránsito'', contenidas en el primer inciso del parágrafo 3° del artículo 6; ''o espacios públicos'' contenida en el aparte final del artículo 119 - Artículos : 2 6.parágrafo 3.primer inciso 119.aparte fincal

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