STS, 2 de Junio de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ Es clara la existencia de contradicción en el punto que se refiere a la calificación del vínculo existente entre las partes, aunque la calificación del cese pueda presentar algunas diferencias, como consecuencia del proceso de selección aplicado en el caso que decide la sentencia recurrida. Pero la Sala ha admitido que en las denominadas controversias complejas la existencia de contradicción en un punto que abre la decisión a los restantes es suficiente para cumplir el requisito de la contradicción. La otra diferencia que apunta la parte recurrida en cuanto a las peticiones de calificación del despido en los dos procesos -nulo en la de contraste e improcedente en suplicación en la recurrida- no son relevantes en orden a la cuestión debatida. ”
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Extracto
STS, 2 de Junio de 2000
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Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 12, 15, 55, 56
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 116
- Real Decreto 2104/1984, de 21 de Noviembre, </strong>por el que<strong> se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos.
- Real Decreto 1991/1984, de 31 de Octubre, </strong>por el que<strong> se regulan el Contrato a Tiempo parcial, el Contrato de Relevo y la Jubilacion parcial.