STS, December 27, 1997
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“ Constituye requisito esencial en la sucesión de empresas regulada en el artículo 44 del Estatuto e los Trabajadores, la transmisión de la titularidad, entendiendo por tal concepto traslativo no sólo el cambio en la titularidad nominativa de la empresa, sino también la transmisión al cesionario -en el supuesto enjuiciado al concedente a quien revierte la actividad contratada- de los elementos patrimoniales que configuran la infraestructura u organización empresarial básica de la explotación. El caso examinado se refiere a una simple sucesión temporal en la actividad, a la que no acompaña ningún acto traslativo de los elementos patrimoniales o de otra índole, que actúen como soportes de aquella actividad. ”
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This document cites
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Articles 51, 56
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Articles 44, 217, 226
- Ley 8/1980, de 10 de Marzo, del Estatuto de los Trabajadores. - Article 44
- STS, March 12, 1996