STS, 11 de Noviembre de 1998

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Resumen


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Frases clave


del contrato de obra o servicio determinado, regulados en el artículo 15.1.a) del Estatuto de los Trabajadores y artículo 2 del Real Decreto 2104/84, luego sustituído por el artículo 2 del Real Decreto 2546/94 pueden concretarse en los siguientes: a) Que la obra o servicio que constituya su objeto sea de duración incierta y presente autonomía y sustantividad propia dentro de lo que es la actividad laboral de la empresa; b) Que, al ser concertado, sea suficientemente identificada la obra o el servicio; y , c) Que en el desarrollo de la relación laboral, el trabajador sea ocupado en la ejecución de aquella o en el cumplimiento de éste y no normalmente en tareas distintas

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Extracto


STS, 11 de Noviembre de 1998

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