STS 406/2008, 18 de Junio de 2008

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Frases clave


Según la doctrina de esta Sala, la razón de la agravación se encuentra en las mayores facilidades --y mayor impunidad-- que ofrece la venta de drogas en un establecimiento de acceso público porque parapetados en la apariencia de una normal explotación del negocio de que se trata, se favorecen los intercambios de drogas dado el indiscriminado acceso de personas a tales establecimientos, singularmente los dedicados a la hostelería. En tal sentido, SSTS 1328/2002 de 10 de Julio, 5 de Abril de 2001, 501/2003 de 8 de Abril ó 928/2007 de 25 de Octubre.

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STS 406/2008, 18 de Junio de 2008

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