Orden de 24 de julio de 1995 por la que se regulan las titulaciones mínimas que deben poseer los Profesores de los centros privados de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
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Orden de 24 de julio de 1995 por la que se regulan las titulaciones mínimas que deben poseer los Profesores de los centros privados de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
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Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo)
- Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre) - Artículos 24, 28, 42
- REAL DECRETO 594/1994, de 8 de abril, sobre Enseñanzas y Titulos de los Tecnicos deportivos.
- Ley 8/1980, de 10 de Marzo, del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 45
- Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, </strong>por el que<strong> se establecen los Requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.