SAP Salamanca 222/2004, June 07, 2004
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“ el párrafo primero del artículo 1.974 del Código Civil únicamente contempla efecto interruptivo en el supuesto de las obligaciones solidarias en sentido propio cuando tal carácter deriva de norma legal o pacto convencional, sin que pueda extenderse al ámbito de la solidaridad impropia, como es la derivada de responsabilidad extracontractual cuando son varios los condenados judicialmente ”
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This document cites
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Articles 394, 398
- Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999, de 5 de noviembre) - Article 17
- Código Civil - Articles 4, 1902, 1903, 1968, 1974
- STS 534/2003, June 05, 2003
- Real Decreto por el que se establecen Disposiciones Mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras de Construcción (Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre) - Article 11